SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y TURISMO
Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León
De La Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo
CAPÍTULO DÉCIMO TERCERO
ARTÍCULO 28.- La Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo, estará a cargo de un Secretario, quien deberá ser nombrado por el Presidente Municipal y será la Dependencia encargada de:
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Promover el desarrollo económico municipal, fomentando la creación de nuevas empresas, la ampliación de las existentes y la atracción de otras de diferentes lugares del país o del extranjero.
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Implementar y promover acciones en coordinación con organismos interesados en el desarrollo de las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, artesanales, de turismo y servicios, así como realizar publicaciones, ferias, exposiciones y foros promociónales, para el incremento del comercio;
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Atender, orientar y resolver las peticiones de empleo presentadas por los ciudadanos, mediante la organización de ferias de empleo y bolsas de trabajo.
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Levantar y mantener actualizado el censo comercial del Municipio de acuerdo a sus características y giros.
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Vincular la oferta y la demanda laboral, a través de un servicio de atención, registro, estadística, canalización y asesoría.
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Mantener estrecha relación con Organismos Descentralizados, Cámaras Comerciales e Industriales, Clubes, Organizaciones Civiles, Estados y Municipios, con el fin de fortalecer el desarrollo económico municipal.
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Coordinar y supervisar los programas de trabajo y funciones que deberán desarrollar los instructores durante los cursos de elaboración de piñatas, cocina, repostería, peluquería, soldadura, belleza, manualidades, entre otros.
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Levantar las estadísticas comerciales e industriales en cuanto a la generación de empleos y sobre el mercado laboral y sus necesidades.
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Elaborar reportes de indicadores económicos para el municipio.
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Consolidar y gestionar todo tipo de apoyos para el desarrollo de las micros, pequeñas y medianas empresas y fomentar la organización de la producción, la comercialización artesanal y las industrias familiares.
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Implementar y coordinar acciones de vinculación orientadas a apoyar al sector empresarial para cubrir sus vacantes de empleo.
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Asesorar a buscadores de empleo para que tengan conocimiento del ambiente laboral, así como proporcionarle las herramientas para desenvolverse en una entrevista, entre otros.
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Brindar recreación y esparcimiento familiar en forma segura y limpia, para la ciudadanía montemorelense, a través de los parques municipales.
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Participar en la celebración de contratos y convenios relacionados con el ejercicio de sus atribuciones.
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Resguardar el archivo de la documentación relativa a los asuntos de su competencia;
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Dar cumplimiento en lo que corresponde a sus funciones de acuerdo a lo dispuesto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
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Coordinar y vigilar el cumplimiento de las funciones de las Unidades Administrativas a su cargo y del ejercicio de las mismas.
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Crear, mantener y fomentar las acciones y programas que promuevan el desarrollo turístico y agropecuario del Municipio;
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Formular, dirigir, coordinar y controlar las acciones y programas tendientes a fomentar e impulsar las actividades industriales, comerciales, agropecuarias y turísticas del Municipio;
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Proponer al Presidente Municipal la celebración de convenios con los organismos del sector privado, gubernamentales y particulares a fin de coordinar esfuerzos tendientes a incrementar la actividad turística y agropecuaria del Municipio;
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Trabajar coordinadamente con cámaras, intermedios, dependencias gubernamentales, instituciones educativas y la sociedad, en realizar conjuntamente acciones orientadas al desarrollo y promoción turística;
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Asesorar y capacitar al sector social y privado en temas relacionados con el desarrollo y para el crecimiento de las actividades turísticas;
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Implementar y promover acciones en coordinación con organismos interesados en el desarrollo de las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, artesanales, de turismo y servicios, así como realizar publicaciones, ferias, exposiciones y foros promocionales para estos fines;
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Formular e impulsar acciones y programas orientados al desarrollo de turismo en el Municipio que repercutan en el crecimiento de la industria del sector servicios y de la generación de empleos,
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Las demás que le señalen como de su competencia las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas vigentes, así como aquello que específicamente le encomiende el Presidente Municipal, informando oportunamente de las gestiones realizadas y resultados obtenidos.
Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Secretario de Desarrollo Económico, Rural y Turismo, se auxiliará, entre otras, de las siguientes Dependencias: Dirección de Desarrollo Económico; Dirección de Turismo, Dirección de Fomento Agropecuario; así como de las Coordinaciones y demás personal que sea necesario.
Área que genera la información: Contraloría Municipal
Fecha de validación: 27/10/2017
Fecha de actualización: 27/10/2017