SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL
Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León
De La Secretaría Ejecutiva De La Presidencia Municipal
CAPÍTULO DÉCIMO QUINTO
ARTÍCULO 30.- La Secretaría Ejecutiva de la Presidencia Municipal, estará a cargo de un Secretario, quien deberá ser nombrado por el Presidente Municipal y será la Dependencia encargada de coordinar las acciones relacionadas con la audiencia pública del Presidente Municipal, y con la atención al ciudadano a través de la definición de diversas formas de participación ciudadana y comunitaria y le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
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Brindar atención ciudadana a través de audiencias, recepción de solicitudes, denuncias y quejas canalizándolas al área correspondiente, dando seguimiento a las mismas y llevando un registro para su control.
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Recibir y dar contestación a la brevedad posible a las solicitudes de los ciudadanos;
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Proporcionar a los ciudadanos información correcta y adecuada respecto de los trámites, servicios y directorio de las dependencias, cuando así lo soliciten.
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Canalizar con atención y eficiencia la correspondencia, correos electrónicos, oficios y solicitudes recibidas por cualquier medio.
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Establecer y mantener una comunicación directa con las Dependencias afines a nivel Municipal o Estatal.
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Programar y atender las necesidades de las Dependencias en relación al equipamiento y acondicionamiento de eventos y actos oficiales del Gobierno Municipal;
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Establecer y mantener una comunicación directa con las Secretarías y Direcciones de la Administración Pública Municipal, y demás Unidades Administrativas.
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Difundir a la ciudadanía los diversos programas y servicios que brinda la Administración Municipal.
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Difundir a los ciudadanos el directorio de los diversos cuerpos de seguridad con los que cuenta el Municipio.
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Coordinar la ejecución y cumplimiento de los acuerdos derivados de las reuniones de Gabinete y mantener informado al respecto al Presidente Municipal;
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Promover la armonía en las relaciones entre el gobierno municipal y los diferentes sectores sociales, así como con las dependencias y entidades Federales, Estatales y Municipales.
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Coadyuvar en los trabajos para la elaboración del Plan Municipal de Desarrollo así como evaluar y dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos, programas y acciones contenidas en dicho Plan;
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Dar cumplimiento en lo que corresponde a sus funciones de acuerdo a lo dispuesto a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
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Atender las acciones de apoyo y asesoría que encomiende expresamente el Presidente Municipal;
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Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas vigentes como de su competencia, así como aquello que le encomiende el Presidente Municipal, informando oportunamente de las gestiones realizadas y resultados obtenidos.
Para el despacho de los asuntos de su competencia, el Secretario Ejecutivo de la Presidencia Municipal se auxiliará, entre otras, de las siguientes Dependencias: Dirección de Atención Ciudadana, Dirección de Comunicación Social, Dirección de Participación Ciudadana, Dirección de Logística; así como de las Coordinaciones y demás personal que sea necesario.
Área que genera la información: Contraloría Municipal
Fecha de validación: 27/10/2017
Fecha de actualización: 27/10/2017